Jue. Mar 28th, 2024

    (CNN Español) — México ahora tiene una regulación mejorada sobre el tabaco, que cumple con los estándares para fumar en el país.

    El 16 de diciembre, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, emitió un decreto con lo cual diversos artículos de la Reglamento de la Ley General para el Control del Tabacocon el objetivo de cumplir con las normas relativas al consumo y la publicidad de los productos del tabaco (en particular, los cigarrillos).

    Estos cambios, que deben entrar en vigor 30 días después de la publicación del decreto, han entrado en vigor oficialmente a partir de este domingo 15 de enero.

    Uno de los puntos más destacados de las nuevas modificaciones es el tema de las prohibiciones: ahora el reglamento establece claramente cuáles son los lugares públicos donde está totalmente prohibido fumar y dónde es posible hacerlo.

    Los fumadores en toda la República Mexicana y los establecidos en cuestión tienden a cumplir con la obligación de cumplir y hacer cumplir —según mar el caso— todo el régimen para el regular, de lo contrario se devengarán sanciones de distinto tipo.

    ¿Dónde está prohibido fumar en México?

    Entre las modificaciones que siguen al reglamento, se encuentra el artículo 65 bis, que menciona que está prohibido “consumir o hacer prender fuego a cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de competencia colectiva”.

    ¿Qué son estos lugares? Allí Ley General para el Control del Tabaco indica que son espacios de competencia colectiva “todos los espacios destinados al acceso público para el desarrollo de actividades deportivas, artísticas, culturales y de entretenimiento, tanto públicas como privadas, independientemente de que estén cubiertos por un techo y confinados por muros o que sean permanentes o temporales”. estructura».

    Por tanto, en términos de lo anterior, los lugares donde está prohibido fumar en México son los siguientes:

    • patios
    • gradas
    • balcones
    • parques de atracciones
    • Patios de recreo o lugares donde se hospedan o se congregan niñas, niños y adolescentes
    • parques de desarrollo urbano
    • Deportes
    • playas
    • Centros de espectáculos y entretenimiento
    • tribunales
    • estadios
    • arenas
    • plazas comerciales
    • Mercados
    • hoteles
    • hospitales
    • Centros de salud
    • clínicas médicas
    • Sitios o lugares de culto religioso
    • Lugares de consumo servicio de alimentos o bebidas
    • paradas de transporte

    Estos espacios fueron designados en las nuevas reformas al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco. Sin embargo, desde antes, la Ley General para el Control del Tabaco ha prohibido fumar en otros lugares, lo cual se hace sentir en su artículo 26:

    • Espacios 100 % libres de humo y de emisiones (básicamente, todos los espacios de esta lista y anteriores)
    • espacios cerrados
    • lugares de trabajo
    • Transporte público
    • Espacios de competición colectiva (del listado anterior)
    • Colegios públicos y privados en todos los niveles educativos
    13 de cada 100 adultos en los Estados Unidos. fumado en 2020, mira como lo dejaste 1:49

    ¿Dónde se puede fumar?

    En el artículo 60 del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco se indica que “las áreas exclusivamente para fumar deberán estar ubicadas únicamente en espacios al aire libre, en los cuales esté prohibido prestar cualquier servicio o el consumo de alimentos, entretenimiento de bebidas, entre otros, así como la realización de actividades sociales o de relajación”.

    Estas zonas exclusivas para fumadores deben cumplir con cinco características específicas para que los establecimientos que fueron diseñados no sean sancionados:

    • “Estar físicamente solo e incomunicado de los espacios 100 por ciento libres de humus y emisiones de tabaco; no estar obligado con personas o encontrarse en los accesos o salidas de los edificios”.
    • “Estar ubicados en un recinto perimetral de al menos 10 metros de las entradas, accesos, salidas o cualquier lugar obligado por donde pasen o se congreguen personas, así como de los lugares donde se encuentren conductos de toma de aire”.
    • “Los espacios libres al aire no deberán ser superiores al 10 por ciento de la superficie total del edificio o establecimiento. En este caso, la medición del espacio total tendrá en cuenta exclusivamente la superficie destinada a la prestación del servicio, sin incluirlo en ninguna otra cuando se trate de las zonas destinadas a la cocina, la preparación de bebidas, los equipos de sonido y sus operarios, los aseos o el aparcamiento».
    • “Incluir la señalización que prohíba la entrada a menores de edad, que deberá ser visible y adecuada. Asimismo, utilizar señalización que incluya advertencias sanitarias gráficas sobre los efectos y daños para la salud a los que se exponen las personas al entrar en zonas exclusivamente para fumar”.
    • “Queda prohibido el acceso y la presencia de menores de edad. Asimismo, se debe advertir especialmente a las mujeres que se avergüencen de los riesgos que ellas y el producto corren al ingresar a áreas exclusivas para fumar, así como a las personas mayores de edad que padezcan enfermedades cardiovasculares y respiratorias, cáncer, asma, entre otras».

    ¿Cuáles son las sanciones?

    Si los fumadores o establecimientos no cumplen con lo dispuesto en el reglamento de la ley, habrá acreedores de una sanción administrativa por parte de las autoridades sanitarias, según lo establece el Título Séptimo de la Ley General para el Control del Tabaco.

    Existen cuatro tipos de sanciones administrativas e incumplimiento de lo dispuesto en el reglamento, la ley u otras leyes conexas (como la Ley General de Salud):

    • Amonestación con apercibimiento: es la sanción más leve de todas.
    • Bien: según la ley, puede ser hasta ahora salario minimo diario general Si fuma en lugares donde está prohibido hacerlo, hasta 4.000 salarios mínimos generales para establecimientos que no cumplan con su etiqueta de espacio 100% libre de humus y emisiones de tabaco. En caso de reincidencia, se duplicará el importe de la multa.
    • Clausura temporal o definitiva, que puede ser parcial o total: la clausura temporal o definitiva se determinará conforme a lo previsto en los artículos 425 y 426 de la Ley General de Salud.
    • Arresto hasta tres y seis horas: el arresto se determinará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 427 de la Ley General de Salud.

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